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Infórmate y acércate a los MASC

El OEMASC de la Fiscalía General de la República, es el responsable de aplicar los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal que conduzcan a las Soluciones Alternas previstas en la legislación procedimental penal aplicable.


Misión

Somos la Unidad Administrativa de la Fiscalía General de la República encargada de fomentar, promover, contribuir y facilitar la utilización de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, a través de la aplicación de los principios, bases, requisitos y condiciones en los términos de las disposiciones legales conducentes, con la finalidad de propiciar mediante la Justicia Alternativa, la solución de controversias penales por medio de procedimientos basados en la oralidad, economía procesal y confidencialidad llevados a cabo por personas Facilitadoras que coadyuven a despresurizar el sistema penal y dar celeridad a la resolución de los conflictos que surjan entre los integrantes de la sociedad.


Visión

Ser el Órgano Especializado a nivel federal, a través del cual se resuelva el mayor porcentaje de los litigios del orden penal susceptibles de aplicación de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, que se distinga por contar con personas especializadas que contribuyan a la solución de los conflictos, ofreciendo un trato digno con respeto a los Derechos Humanos y privilegiando la reparación del daño.


Áreas que integran el OEMASC:
Verifica que las personas Facilitadoras, Invitadoras y Auxiliares para el Seguimiento de Acuerdos Reparatorios, realicen sus funciones conforme a lo establecido en la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal (LNMASCMP) y los demás ordenamientos jurídicos que rigen su actuar, con el propósito de que se conduzcan con estricto apego a los Derechos Humanos.
Evalúa los asuntos derivados al OEMASC por parte de las personas agentes del Ministerio Público de la Federación u Órganos Jurisdiccionales, con la finalidad de comprobar que se encuentren cubiertos los requisitos legales y sean turnados a las personas Facilitadoras que corresponda.
Coordina el proceso de la certificación y la renovación de la certificación de las personas Facilitadoras adscritas al Órgano Especializado de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias; supervisa la especialización de las personas Facilitadoras en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, con la finalidad de cumplir con lo establecido en la normatividad en la materia, coordina las estrategias de difusión de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal y la organización para el correcto funcionamiento del Órgano Especializado.

¿Qué son los MASC?

Son la Mediación, Conciliación y la Junta Restaurativa; dichos procedimientos se encuentran previstos en la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal y tienen como finalidad propiciar, a través del diálogo, la solución de controversias que surjan entre los integrantes de la sociedad con motivo de la denuncia o querella referente a hechos que la ley señala como delitos. Son aplicados por personas Facilitadoras cuya función es propiciar la comunicación y el entendimiento mutuo entre las personas Intervinientes, así como asistirles en la solución de la controversia por medio de un acuerdo reparatorio o plan de reparación, según sea el caso, para alcanzar la reparación del daño.

Otros ordenamientos legales en materia penal que contemplan Mecanismos Alternativos son los siguientes:

1 Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes: Mediación y Procesos Restaurativos (Reunión Víctima con la Persona Adolescente, Junta Restaurativa y Círculos).
2 Ley Nacional de Ejecución Penal: Procesos de Justicia Restaurativa y Mediación Penitenciaria.

Tipos de MASC
Es el mecanismo voluntario mediante el cual las personas Intervinientes, en libre ejercicio de su autonomía, buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia, con el fin de alcanzar la solución de esta. La persona Facilitadora propicia la comunicación y el entendimiento mutuo entre las personas Intervinientes.
Es el mecanismo voluntario mediante el cual las personas Intervinientes, en libre ejercicio de su autonomía, proponen opciones de solución a la controversia en que se encuentran involucrados. La persona Facilitadora propicia la comunicación entre las personas Intervinientes, además puede, sobre la base de criterios objetivos, presentar alternativas de solución diversas.
Es el mecanismo voluntario mediante el cual la víctima u ofendido, la persona imputada y, en su caso, la comunidad afectada, en libre ejercicio de su autonomía, buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia, con el objeto de lograr un Acuerdo que atienda las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas, así como la reintegración de la víctima u ofendido y de la persona imputada a la comunidad y la recomposición del tejido social.

Principios que rigen los MASC:

Artículo 4 de la LNMASCMP


¿Cómo solicitar la aplicación de un MASC?

Se solicita de manera verbal o escrita ante la persona agente del Ministerio Público de la Federación o ante la Jueza o el Juez, según corresponda. Las personas físicas deben hacer la solicitud personalmente, las personas jurídicas o morales deberán hacerlo por conducto de su representante y/o persona Apoderada legal.

Difusión del OEMASC

Las personas Facilitadoras que acompañan a las partes en la solución de las controversias prestan sus servicios de manera gratuita, imparcial, respetuosa, profesional, eficaz, transparente y con estricto apego a los Derechos Humanos.

Consulta el material informativo adicional sobre los Mecanismos Alternativos y el Órgano Especializado de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias: Tríptico OEMASC

Requisitos para que un asunto sea derivado a MASC

La persona agente del Ministerio Público de la Federación, una vez recibida la denuncia o querella, orientará a la persona denunciante o querellante sobre los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y le informará en qué consisten estos y sus alcances.

La persona agente del Ministerio Público de la Federación podrá derivar el asunto al Órgano Especializado cuando:

La víctima o persona ofendida esté de acuerdo con solicitar el inicio del Mecanismo Alternativo previsto en la Ley;
Las personas intervinientes se encuentren identificadas;
Se cuente con el domicilio o algún otro dato de localización de las personas intervinientes;
Se cumpla con los requisitos de oportunidad y procedencia que establece el ordenamiento jurídico.

Cuando la persona imputada haya sido vinculada a proceso, la Jueza o el Juez derivará el asunto al Órgano si la persona imputada y la víctima o persona ofendida están de acuerdo en solicitar el inicio del Mecanismo Alternativo previsto en la Ley y se cumplan los requisitos de oportunidad y procedencia.


Los mecanismos alternativos conducen a las salidas alternas que pueden ser:
Acuerdos Reparatorios (Art. 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales) Suspensión Condicional del Proceso (Art. 192 del Código Nacional de Procedimientos Penales)
Procedencia Procedencia
  • Delitos que se persiguen por querella, por requisito equivalente de parte ofendida o que admiten el perdón de la víctima o la persona ofendida.
  • Delitos culposos.
  • Delitos patrimoniales cometidos sin violencia sobre las personas.
  • Que el auto de vinculación a proceso de la persona imputada se haya dictado por un delito cuya media aritmética de la pena de prisión no exceda de cinco años.
  • Que no exista oposición fundada de la víctima y persona ofendida.
  • Que hayan transcurrido dos años desde el cumplimiento o cinco desde el incumplimiento, de una suspensión condicional anterior, en su caso.

Asimismo, los mecanismos alternativos en la etapa de Ejecución Penal son aplicados para la generación de acuerdos para la reparación del daño, la solución de conflictos interpersonales y los procesos de justicia restaurativa:
Acuerdos de reparación del daño (Art. 198 de la Ley Nacional de Ejecución Penal) Procesos de Justicia Restaurativa (Art. 202 de la Ley Nacional de Ejecución Penal) Mediación Penitenciaria (Art. 206 de la Ley Nacional de Ejecución Penal)
Procedencia Procedencia Procedencia
  • Toda persona sentenciada, candidata a disfrutar de alguna medida de libertad condicionada o libertad anticipada; sustitución o suspensión temporal de la pena, deberá asegurar el cumplimiento de la reparación del daño antes de que la misma pueda hacerse efectiva.
  • Los procesos de justicia restaurativa serán procedentes para todos los delitos y podrán ser aplicados a partir de la emisión de sentencia condenatoria.
  • En todos los conflictos interpersonales entre personas privadas de la libertad o entre ellas y el personal penitenciario derivado del régimen de convivencia.

Los mecanismos alternativos en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes conducen a las salidas alternas que pueden ser:
Acuerdos Reparatorios (Art. 95 de la Ley Nacional del sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes) Suspensión Condicional del Proceso (Art. 100 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes)
Procedencia Procedencia
  • Procederán en los casos en que se atribuyan hechos previstos como delitos, en los que no procede la medida de sanción de internamiento de conformidad con dicha ley.
  • Procederá una vez dictado auto de vinculación a proceso por hechos previstos como delito en los que no procede la medida de sanción de internamiento establecida en dicha Ley.
  • Que no exista oposición fundada de la víctima o persona ofendida.

¿Qué debes saber al participar en un MASC?
Las sesiones se realizan únicamente con la presencia de las personas Intervinientes.
En las sesiones pueden participar auxiliares y expertos, a petición de las partes.
Las personas Intervinientes podrán recibir orientación jurídica, previa a las sesiones, durante estas e incluso previo a la firma del acuerdo que suscriban, por parte de su abogado o de auxiliares y expertos.
Cuando las personas Intervinientes sean miembros de pueblos originarios o personas que no entiendan el idioma español, deberán ser asistidos durante las sesiones por un intérprete.
El personal Facilitador hará saber a las personas intervinientes las características del mecanismo, las reglas a observar, así como sus derechos y obligaciones.
La información que se genere con motivo de la aplicación del MASC no puede ser divulgada ni utilizada en perjuicio de las partes dentro del proceso penal.
Se hará saber a las personas Intervinientes los alcances y efectos legales de los acuerdos que en su caso lleguen a concretarse.

Los principales delitos derivados al Órgano Especializado son:
1 Robo
2 Previstos en la Ley de Vías Generales de Comunicación
3 Daño en propiedad ajena
4 Lesiones
5 Previstos en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos
6 Fraude
7 Peculado
8 Delitos fiscales
9 Previstos en la Ley General de Bienes Nacionales
10 Previstos en la Ley de Instituciones de Crédito
11 Homicidio
12 Abuso de confianza
13 Amenazas
14 Despojo de cosas inmuebles o de aguas
15 Previstos en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Intelectual

El OEMASC y su personal facilitador

Las personas Facilitadoras que acompañan a las partes en la solución de las controversias prestan sus servicios de manera gratuita, imparcial, respetuosa, profesional, eficaz, transparente y con estricto apego a los Derechos Humanos.

Consulta el mapa para conocer los datos de contacto de tu facilitador más cercano. Mapa de facilitadores 

Capacitación al personal facilitador
Las personas Facilitadoras que acompañan a las partes en la solución de las controversias deben ser profesionales y encontrarse certificadas por el Órgano o instancia especializada en los MASC, de la Federación o de las entidades federativas, según corresponda, además de conducirse con apego a la ley en los procesos.
Personas Facilitadoras Certificadas Consulta PDF
Personas Facilitadoras Especializadas en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Consulta PDF
Lineamientos para la capacitación, evaluación, certificación y renovación de la certificación de las y los facilitadores de los órganos especializados en mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal de las instituciones de Procuración de Justicia en la Federación y las entidades federativas Consulta PDF
Para mayor información acerca del personal facilitador, consulta aquí Consulta PDF

Datos Estadísticos y Convocatoria del OEMASC
Primer Trimestre 2023 Consulta PDF
Segundo Trimestre 2023 Consulta PDF
Tercer Trimestre 2023 Consulta PDF
Cuarto Trimestre 2023 Consulta PDF
Primer Trimestre 2022 Consulta PDF
Segundo Trimestre 2022 Consulta PDF
Tercer Trimestre 2022 Consulta PDF
Cuarto Trimestre 2022 Consulta PDF
Primer Trimestre 2021 Consulta PDF
Segundo Trimestre 2021 Consulta PDF
Tercer Trimestre 2021 Consulta PDF
Cuarto Trimestre 2021 Consulta PDF
Primer Trimestre 2020 Consulta PDF
Segundo Trimestre 2020 Consulta PDF
Tercer Trimestre 2020 Consulta PDF
Cuarto Trimestre 2020 Consulta PDF
Primer Trimestre 2019 Consulta PDF
Segundo Trimestre 2019 Consulta PDF
Tercer Trimestre 2019 Consulta PDF
Cuarto Trimestre 2019 Consulta PDF
Primer Semestre 2018 Consulta PDF
Tercer Trimestre 2018 Consulta PDF
Cuarto Trimestre 2018 Consulta PDF
Convocatoria FGR-OEMASC-INTER-1-FACILITADOR-2022 Consulta PDF
Guía de Registro Facilitadores 28 02 2022 Consulta PDF
Guía Estudio Evaluación Inicial 28 02 2022 Consulta PDF
Carta Compromiso de Disponibilidad firmada por la persona servidora pública interesada en participar. (Feb22) Consulta PDF

 

OEMASC

Amelia Zetina Pinelo

Titular del Órgano Especializado de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Semblanza curricular

 

ZETINA PINELO
 

Contacto

 

Dirección:
 

Boulevard Adolfo López Mateos, Número 2836, Edificio 101, Colonia. Tizapán San Ángel, Alcaldía Álvaro Obregón. Código Postal 01090, Ciudad de México.

Mapa
 
Teléfono:
  (55) 5346 0000 Extensión. 505436
 
Correo:
  buzon.masc@fgr.org.mx