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Comunicado FGR 451/23

25 de agosto, 2023 CDMX, Ciudad de México

FGR obtiene sentencia condenatoria de 15 años de prisión en contra de un hombre por el delito de trata de personas agravado

La Fiscalía General de la República (FGR), a través de la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), en el marco de la lucha contra la explotación sexual infantil, obtuvo sentencia condenatoria en contra de José Rubén “C”, por la comisión del delito de trata de personas agravado.

 

La investigación se desarrolló mediante una operación encubierta, iniciada por el Grupo de la Unidad de Investigaciones Tecnológicas de España, en distintos foros de WhatsApp, en la que se distribuían archivos con contenido pornográfico infantil; de este modo, se logró determinar la identidad de los administradores de cada foro, así como la de sus consumidores y replicadores. En la operación participaron más de 25 países en Europa y América, entre otros, Italia, Alemania, Portugal, Bolivia, Chile, Costa Rica, además de España, coordinadas por la Europol e Interpol.

 

En marzo de 2017, se inició carpeta de investigación tras una denuncia de hechos interpuesta en la Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales e Interpol de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), Policía Federal Ministerial (PFM), que refería el intercambio de pornografía infantil en grupos de la referida red social, en la que intervenían múltiples usuarios mexicanos que compartían dicho material.

 

Ante esto, el Juez de Control del Centro de Justicia Penal Federal en San Luis Potosí, en noviembre de 2019, libró orden de aprehensión en contra de José Rubén “C”, por el delito de trata de personas agravado, en la modalidad de quien comparta por cualquier medio imágenes como fotografías y videograbaciones en las que participen una o varias personas menores de 18 años de edad, en actos sexuales con fines sexuales reales.

 

Posteriormente, con los datos de prueba suficientes, en juicio oral, el Juez de la causa le impuso 15 años de prisión.

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