Supervisa la operación y actuación de las Unidades Administrativas siguientes:
Conoce de los hechos que la ley señala como delitos y de los fenómenos delictivos de orden federal que sean turnados por acuerdo de la persona titular de la FECOC con el Fiscal General. |
Conoce de los hechos que la ley señala como delitos comprendidos en el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Seguro Social y las leyes relativas a las instituciones que integran el sistema financiero. |
Conoce de los hechos que la ley señala como delitos contra el ambiente previstos en el Código Penal Federal, los previstos en la Ley de Amparo y en leyes especiales del orden federal que no sean competencia de otra Fiscalía Especial. |
Conoce de los hechos que la ley señala como delitos cometidos por personas servidoras públicas federales que no se encuentren adscritas a la Fiscalía General, siempre que no se trate de hechos de corrupción de los previstos en el Título Décimo del Código Penal Federal; asimismo conoce de los hechos que la ley señala como delitos contra la administración de justicia, previstos en el Código Penal Federal y en leyes especiales del orden federal. |
Conoce de los hechos que la ley señala como delitos en materia de derechos de autor y propiedad industrial, previstos en el Código Penal Federal y en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. |
Conoce de los hechos que la ley señala como delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo de competencia federal, en los términos que precisa la Ley General de Salud. |
Conoce de averiguaciones previas y procesos penales relacionados con los homicidios de José Francisco Ruiz Massieu, Juan Jesús Posadas Ocampo, y de asuntos que por su importancia y trascendencia le hayan sido asignados hasta su conclusión. |
Coordina y supervisa el ejercicio de las atribuciones de las personas agentes del Ministerio Público de la Federación en materia internacional; promueve la suscripción de tratados internacionales así como la celebración de acuerdos interinstitucionales; dirige la cooperación bilateral y multilateral en los asuntos internacionales competencia de la Fiscalía General; funge como enlace con autoridades extranjeras y organismos internacionales; participa en los casos en los que se reconozca la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, en el ámbito de competencia de la Institución; organiza, coordina y supervisa las representaciones en el extranjero; participa en la investigación y persecución de los hechos que la ley señala como delito, cometidos en el extranjero, en términos del artículo 4o. del Código Penal Federal, así como aquellos ejecutados en territorio nacional en los que se encuentren involucradas personas con inmunidad diplomática o personas representantes de organismos internacionales acreditados en México, y coordina los asuntos internacionales de las Unidades Administrativas. |