22 de junio, 2023 CDMX, Ciudad de México
FGR Informa
El pasado 17 de abril se recibió
denuncia en la que se informó que en la población de Parres, Tlalpan, Ciudad de
México, grupos de personas se dedican a la tala ilegal del bosque, por lo que
se inició la carpeta de investigación en contra de quien resulte responsable,
ordenando a la Policía Federal Ministerial (PFM), realizar los actos de
investigación tendientes a la acreditación del hecho punible.
El 09 de mayo de este año, se recibió
Informe Policial Homologado de la PFM, mediante el cual pusieron a disposición
a dos personas, Fredy “L” y José Juan “A”. El 11 del mismo mes, se llevó a cabo
la audiencia inicial en la cual se calificó de legal la detención y se formuló
imputación.
Estas personas se acogieron a la
duplicidad constitucional y el 16 de mayo de este año, se vinculó a proceso a
los imputados, por la probable comisión del delito de transporte ilícito de
madera, imponiendo las medidas cautelares consistentes en la presentación
mensual ante el órgano jurisdiccional, garantía económica por cada uno de los
imputados y la prohibición de transportar productos maderables, además de que
se fijaron tres meses como plazo de investigación complementaria.
Al continuar con la investigación,
elementos de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), por conducto de la
Policía Federal Ministerial, pusieron a disposición a tres personas más, Arturo
“N”, Manuel “G” y Anuar “L”. El pasado
16 de junio de 2023, se llevó a cabo la audiencia inicial, en la que el Juez de
Control calificó de legal la detención, en la que los imputados se acogieron a
la duplicidad constitucional, señalándose el 21 de junio la continuación de la
audiencia.
Posteriormente, se dictó auto de
vinculación a proceso en contra de los imputados, luego de que el Ministerio
Público de la Federación (MPF), adscrito a la Fiscalía Especializada de Control
Regional (FECOR), aportara los elementos de prueba que el Juez valoró para su
decisión.
A estas personas, se les determinaron
las medidas cautelares de presentación quincenal ante el órgano jurisdiccional,
prohibición de salir de la Ciudad de México, la obligación de investigar cuáles
eran las áreas naturales protegidas en dicha Ciudad, y una vez informados de
ello, la prohibición de acercarse a las mismas; y la obligación de verificar la
licitud en caso de continuar dedicándose a actividades en materia de recursos
maderables, asimismo se fijaron tres meses como plazo de investigación
complementaria.