19 de octubre, 2023 CDMX, Ciudad de México
FGR Informa
La Fiscalía General de la República
(FGR), ha interpuesto el recurso de revisión correspondiente, con objeto de que
la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga el caso del amparo que un
Tribunal Colegiado le concedió a Mario ?A?, para que se le aplique
retroactivamente el Código Penal de Baja California, reduciéndole la pena de
prisión por 15 años, en lugar de aplicar la legislación federal que es la
procedente.
Se considera que el amparo que se está
recurriendo no analizó correctamente la jurisdicción federal que era
indudablemente aplicable desde un principio, en este caso; ya que no se trató
de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el artículo
10 del Código Federal de Procedimientos Penales, correspondía, por su magnitud
y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito, como así
ocurrió.
En este asunto, el Tribunal Colegiado
introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis original del amparo
de Mario ?A?, ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo
que afectó gravemente a la democracia de México; al proceso electoral para la
Presidencia de la República; así como al avance en materia de participación
ciudadana; que quedaron gravemente lastimados en todo el país.
Esta preponderancia está sustentada en
el marco jurídico de carácter federal y de interés público, establecido en la
Constitución General de la República, fundamentalmente en sus artículos 41, 73
y 104, que ubican claramente el ámbito de defensa federal sobre cualquier hecho
que lastime, detenga o lesione la democracia en México; su proceso electoral; y
una elección presidencial, que en este caso consistió en atacar y darle muerte
a uno de sus participantes principales que oficialmente estaba acreditado para
tal función democrática; lesionando gravemente todos esos valores y sus
derechos fundamentales, de conformidad con lo que señalan la Constitución y la
ley, así como los principios básicos de justicia que rigen para el Estado
Mexicano; para su democracia; y para su estructura electoral y presidencial.
También, la determinación del Tribunal
Colegiado omitió dar vista y escuchar a las víctimas directas e indirectas de
este grave delito, dejando en estado de indefensión al Estado mismo, a sus
instituciones, y a las personas individuales afectadas; lo cual debe ser
restituido, por elemental justicia.
Al abrir este caso desde su origen, el
Tribunal Colegiado da lugar a que, desde el mismo origen, se analicen y se
valoren todas las pruebas que existen en favor de todas las víctimas ya
señaladas.
Por lo anteriormente expuesto, el
Ministerio Público de la Federación (MPF), que es una institución de buena fe;
que representa al Estado Mexicano y a las víctimas de tan grave delito; tiene
la obligación insoslayable de defender todos los principios jurídicos y los
derechos ya señalados.