09 de mayo, 2024 Ags., Aguascalientes
Obtiene FGR resolución favorable para la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa
La Fiscalía General de la República (FGR) en su Fiscalía Federal en el
Estado de Aguascalientes, obtuvo en segunda instancia resolución favorable para
la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, respecto de
dos personas por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo de
las Fuerzas Armadas, previsto en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
De acuerdo
con la Carpeta de Investigación elementos de la Policía Municipal de Tepezalá,
Aguascalientes, al realizar un recorrido de seguridad y vigilancia en la
Delegación de Masillas, de dicho municipio, se percataron que un vehículo
circulaba en sentido contrario, en el que viajaban José “M” y Freddie “M”, por
lo que les marcaron el alto y al acercarse a la unidad observaron en el
interior dos armas de fuego tipo pistola con su cargador abastecido y 18
cartuchos útiles.
El Ministerio Público Federal (MPF) presentó los datos de prueba al Juez
de Control, quien calificó de legal la detención, vinculó a proceso a los
imputados, impuso la prisión preventiva en su variante de justificada, por el
delito referido y concedió un mes 15 días para la investigación complementaria.
Posteriormente a petición de la defensa se celebró audiencia de revisión
de medidas cautelares, en la cual el órgano jurisdiccional determinó revocar la
medida cautelar de prisión preventiva justificada, imponiendo medidas
cautelares no privativas de la libertad; inconforme con lo anterior, la
Fiscalía Federal en el Estado de Aguascalientes, interpuso el recurso de
apelación en contra de la no aplicación de la prisión preventiva oficiosa y
posterior revocación de la prisión preventiva justificada.
Por lo anterior, el juez de segunda instancia del Tribunal Colegiado de
Apelación del Trigésimo Circuito resolvió revocar la resolución apelada
inherente a la denegación de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa
y ordenó, con base en los argumentos expuestos en dichos medios de impugnación,
que se impusiera a los imputados la medida cautelar de prisión preventiva
oficiosa.