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Constancia de datos registrales

Es un documento que tiene como fin verificar si una o un ciudadano cuenta con registros de carácter judicial.

La Fiscalía General de la República, a través de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales en la CDMX y de sus delegaciones estatales, realiza la expedición de Constancia de Datos Registrales.

"El titular de la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales, de acuerdo con los protocolos de seguridad y confidencialidad que establezca, o el titular de la delegación estatal de la Fiscalía General de la República, o a las personas que en ambos casos designen, expedirán la Constancia de Datos Registrales, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del momento en que se cumplan todos los requisitos que establezca la Fiscalía General de la República para este trámite. Dicha constancia tendrá una vigencia de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de su expedición."


Acuerdo
  Punto Noveno del Acuerdo A/023/12, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 2012. Consulta PDF

 

La Fiscalía General de la República NO expide la Constancia de Antecedentes Penales Federales. Esta se puede solicitar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), a través del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, ubicado en Circuito Interior Melchor Ocampo, No. 171,Col. Tlaxpana, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México. A nivel estatal, este documento es expedido por las Fiscalías Estatales de Justicia de cada entidad.


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Requisitos

Para poder obtener una Constancia de Datos Registrales es necesario que la persona cumpla con los siguientes requisitos:

Carta de solicitud de la constancia de datos registrales expedida por la Embajada, Consulado o dependencia de gobierno, con vigencia no mayor a tres meses después de la fecha de expedición, dirigida a la persona titular de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales o de la Delegación Estatal correspondiente de la Fiscalía General de la República.
Identificación oficial vigente con fotografía: credencial de elector, cédula profesional o pasaporte vigente; en caso de ser una persona extranjera, presentar este último documento.
Comprobante de domicilio, con vigencia no mayor a tres meses (electricidad, agua, teléfono, banco, predial, gas), a nombre de la persona interesada o de una persona familiar en vínculo directo como padre, madre, hermanas/os, hijas/os. Si el comprobante está en otro idioma, deberá presentarse traducido al español por un perito certificado en la materia; en caso de que se trate de cónyuges, se puede presentar el mismo comprobante, anexando copia de acta de matrimonio.

Cartilla o precartilla del servicio militar nacional (smn), constancia de aplazamiento de la incorporación al activo o excepciones del smn (para varones mexicanos). En caso de residir en el extranjero y no tenerla, se puede tramitar en el consulado mexicano más cercano a su localidad; se aceptará, en este caso, la constancia de inscripción.

Forma migratoria múltiple o identificación que acredite su residencia legal en México.

Acta de nacimiento (legible). En caso de que corresponda, presentar carta de naturalización. Si el acta de nacimiento se encuentra en otro idioma, deberá presentarse traducida al español por un perito certificado en la materia.

Dos fotografías a color sin retoque, tamaño pasaporte o filiación (tamaño 4.5 x 3.5 cm.), una de frente y una de perfil derecho, preferentemente que salga únicamente el rostro con fondo blanco, sin maquillaje, sin labios ni ojos pintados, sin lentes, sin aretes, sin piercing, sin barba, sin bigote, cabeza, frente y orejas descubiertos y sin portar prenda que impida la plena identificación de la persona y tomada con una anterioridad no mayor a 30 días a la solicitud de la constancia.

Efectuar el pago de la constancia de datos registrales en el "Banco Mercantil del Norte", S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, a través del convenio 149583 y referencia 18443101. Si el pago se realiza a través de Cheque, este deberá elaborarse a nombre de FGR R49 810 DPAS y otros. La cantidad para pagar en cualquier caso es de $222.00 (doscientos veintidós pesos 00/100 M.N.).

Para las personas que residan en el territorio nacional, se les indicará el procedimiento a seguir para la toma de huellas decadactilares, al momento en que presenten la documentación descrita.

 

Para las personas interesadas que vivan en el territorio nacional, el trámite inicial es personal, por lo que deberán acudir directamente a la delegación de la Procuraduría General de la República más cercana a su localidad. En la Ciudad de México deberán presentarse en la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales. Una vez efectuado el trámite se entregará volante de presentación debidamente requisitado, que ampara el trámite efectuado, el cual se deberá presentar para recoger la Constancia de Datos Registrales correspondiente.

En caso de que la persona interesada designe a alguien más para recoger la Constancia, deberá adjuntar poder notarial o carta poder simple en original, dirigida a la persona titular de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales o de la delegación estatal correspondiente. Esta deberá contener el nombre y firma de la persona que da el poder y quien se designa, el nombre y firma de dos personas que atestigüen, anexando copia simple y legible por ambos lados de sus identificaciones oficiales vigentes (a fin de cotejar las firmas). Para personas que residen en el extranjero, el trámite se realiza a través de una persona representante con carta poder en los términos señalados.​

Todos los documentos se deben presentar en original y copia legible

Para las personas interesadas que se encuentran en el extranjero, la carta expedida por la Embajada, Consulado o dependencia de gobierno, las huellas decadactilares por duplicado, la carta poder simple y las fotografías se deben enviar en original a la persona designada para realizar el trámite en México. La identificación oficial vigente, Cartilla, Precartilla del Servicio Militar Nacional o en su caso, constancia de aplazamiento de la incorporación al activo, el Acta de Nacimiento, el formato migratorio, se pueden presentar en copia legible, siempre y cuando se cumplan con las características antes señaladas para cada uno de ellos.

La carta expedida por la Embajada, Consulado o dependencia de gobierno, las huellas decadactilares, pago de derechos, carta poder serán los únicos documentos originales que NO serán devueltos.

Importante: la persona interesada deberá ser mayor de edad.

El tiempo para la expedición de la constancia es de 10 días hábiles una vez que se cumplan todos los requisitos. La constancia tiene una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de expedición. Bajo ninguna circunstancia se expedirán constancias urgentes, ni en menor tiempo del estipulado.

Para las personas interesadas o personas de su confianza que habiten en la Ciudad de México, deberán acudir para el trámite a la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales, ubicada en Avenida Insurgentes, número 20 de la Glorieta de Insurgentes, Planta Baja, Colonia Roma Norte, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06700, Ciudad de México. Tel. (55) 53-46-00-00 Ext. 508427, 508428 y 508430; correo electrónico aregistrales@pgr.gob.mx


Para las personas interesadas o personas de su confianza con residencia en cualquier estado de la República Mexicana, deberán acudir a la delegación estatal de la Fiscalía General de la República más cercana a su domicilio, en un horario de 09:00 a 14:00 hrs:

 

01 Aguascalientes
02 Baja California Baja
03 Baja California Sur
04 Campeche
05 Coahuila
06 Colima
07 Chiapas
08 Chihuahua
10 Durango
11 Guanajuato
12 Guerrero
13 Hidalgo
14 Jalisco
15 Estado de México
16 Michoacán
17 Morelos
18 Nayarit
19 Nuevo León
20 Oaxaca
21 Puebla
22 Querétaro
23 Quintana Roo
24 San Luis Potosí
25 Sinaloa
26 Sonora
26 Sonora
27 Tabasco
28 Tamaulipas
29 Tlaxcala
30 Veracruz
31 Yucatán
32 Zacatecas

 

El costo de la constancia de datos registrales se determina con base en lo dispuesto en la Ley Federal de Derechos (Artículo 5 fracción VI y el Anexo 19 de la Miscelánea Fiscal para 2024), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023.

 

La finalidad es para dar cumplimiento a lo preceptuado en la Ley Federal de Derechos y a la actualización de información contenida en el Anexo 19 de la Miscelánea Fiscal para el año 2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023. (Se anexan disposiciones)

 

Al acudir a las insta​laciones de la Procuraduría, se deberán observar las siguientes disposiciones:

Queda prohibido el acceso a personas menores de edad a las instalaciones.
No se permite el acceso con equipo informático como computadoras, laptop, tabletas electrónicas, cámaras fotográficas y de video, etc.​

Contacto
Teléfono:
  (55) 5346 0000 Extensión. 508428,508427 o 508430
 
Correo:
  aregistrales@pgr.gob.mx